Paraguay: Presentan proyecto de ley para gravar exportación de soja

EA / Mariátegui
26/12/09


El senador Sixto Pereira del Partido Tekojoja, actual vicepresidente segundo del Senado, presentó el jueves 17 de diciembre en el Congreso Nacional el Proyecto de ley “que grava la exportación de materia prima oleaginosa”. El proyecto pretende gravar específicamente la exportación de soja, trigo y girasol.

Considerando que no existe en la normativa tributaria vigente (Ley 2.421/04 y 125/91) un impuesto que grave la exportación de materia prima oleaginosa en los rubros mencionados, y teniendo en cuenta la necesidad de fomentar la industrialización de la materia prima de origen nacional, se justifica plenamente un impuesto como el proyectado. “La recaudación de este impuesto impulsará el desarrollo nacional generando empleos plenos con fuerza de trabajo de nuestros conciudadanos, sin necesidad de importar productos elaborados de otros países. Además de esto generará la circulación de nuestras riquezas dentro del territorio nacional, que consecuentemente producirá una sensación de bienestar y garantizará la seguridad alimentaria, aspecto fundamental para la Política de Estado actual”, dice en la aprte expositiva del proyecto.

Actualmente, el volumen de exportaciones de soja, trigo y girasol, genera un ingreso considerable para los agro exportadores, en su mayoría de capital extranjero, lo que hace que las divisas o ganancias obtenidas por esta actividad se inviertan fuera del país. Como antecedente, en el 2007, la exportación de suma alcanzó su pico máximo al exportar por un valor de 1.170 millones de dólares.

“La aplicación de este impuesto a la exportación de materia prima oleaginosa, contribuirá a generar ingresos con el fin de fomentar la industrialización de los productos del agro paraguayo, así como apoyar la Política de Reforma Agraria, buscando que los ingresos sean invertidos en la agricultura familiar campesina, pudiendo como consecuencia de esto, apostar por la modernización del agro, así como la financiación de compras de semillas, instalación de pequeñas y medianas industrias campesinas, adquisición de tierras e implementos agrícolas y capacitación técnica”, expresa el documento.

“Finalmente, teniendo en cuenta el artículo 114 de la Constitución Nacional, es justo y necesario la imposición del presente impuesto, para alcanzar los fines propuestos por la Política de Reforma Agraria del Gobierno Nacional, que se resume en la efectiva activación de la agricultura familiar campesina, potenciando la Unidad Básica de Economía Familiar (UBEF), evitando de esta manera los latifundios improductivos y la real integración de la familia campesina al desarrollo nacional”, se lee en el proyecto de ley.

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