Venezuela: Educación, salud y alimentación son prioritarios para importaciones a Bs 2,60 por dólar

Agencia Bolivariana de Noticias / Mariátegui
Desde Caracas
15/01/10


El Convenio Cambiario número 14, publicado en la Gaceta Oficial número 39.342 de fecha viernes 8 de enero de 2010, que establece el nuevo valor del dólar oficial con respecto al bolívar, evidencia la política estatal de continuar priorizando los sectores básicos -educación, salud y alimentación- en beneficio del pueblo venezolano.

Tal medida obedece a la política comercial establecida por el Ejecutivo de la República y se enmarca dentro del Proyecto Nacional Simón Bolívar, indicó el presidente de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional (AN), diputado Ricardo Sanguino.

Explicó que el ajuste cambiario busca potenciar y fortalecer sectores como la educación, la salud y la alimentación, aquellos que durante muchos años ocuparon un segundo plano en las administraciones anteriores, sectores prioritarios en el proyecto de país del Gobierno Bolivariano.

El Convenio clasifica cuáles sectores se verán beneficiados con el dólar a precio de 2,6 bolívares y cuáles deberán cancelar 4,30 bolívares.

El artículo 1 estipula que la liquidación de las operaciones de venta de divisas al cambio de 2,6 bolívares por dólar estadounidense, estará destinado a los conceptos que se indican a continuación, previstos en las correspondientes Providencias dictadas por la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).

En primer lugar, importaciones para los sectores de alimentos, salud, educación, maquinarias y equipos, y ciencia y tecnología, de acuerdo con la política comercial establecida por el Ejecutivo Nacional.

“Sin embargo, esto no comprende aquellos productos que, hablando sobre la rama alimentaria, no son alimentos básicos sino exquisiteces, como por ejemplo los diversos tipos de quesos importados”, subrayó Sanguino.

Este cambio también beneficia las operaciones de remesas a familiares residenciados en el extranjero, pagos por gastos de estudiantes cursantes de actividades académicas en el exterior, gastos para recuperación de la salud, deporte, cultura, investigaciones científicas y otros casos de especial urgencia y pagos a jubilados y pensionados residentes en el exterior.

“La adquisición de divisas por parte de las representaciones diplomáticas, consulares, sus funcionarios, así como por parte de funcionarios extranjeros de los organismos internacionales, debidamente acreditados ante el Gobierno Nacional, también será a 2,6”, acotó.

En tanto, el artículo 2 dice que la liquidación de las operaciones de venta de divisas efectuadas por el Banco Central de Venezuela destinadas a pagos del sector público no petrolero, incluido el pago de la deuda pública externa, se efectuarán al cambio de 2,6.

“Esto incluye las cuotas que deben cancelar los ministerios por ser miembros de organismos internacionales, como la Unión de Naciones Suramericanas, la Organización Mundial de la Salud, entre otros”, aseveró.

Indicó que el resto de las operaciones de venta de divisas previstas en otros Convenios Cambiarios, distintas a las indicadas en los artículos 1 y 2 del presente Convenio, se efectuará al tipo de cambio de 4,3 bolívares por dólar.


En Gaceta Oficial códigos arancelarios para importación según tipo de cambio

El Ejecutivo Nacional, mediante una resolución publicada en Gaceta Oficial Nº 39.345, determinó los códigos arancelarios para la importación de los bienes de cada sector que requieren el Certificado de Insuficiencia o de No Producción Nacional para el otorgamiento de divisas a 2,60 y 4,30 bolívares.

Dicha Resolución fue emitida este jueves por los Ministerios del Poder Popular para la Economía y Finanzas, para el Comercio, para Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Salud, para la Energía y petróleo, para Ciencia y Tecnología e Industrias Intermedias y para la Alimentación.

En ese sentido, se determina que el tipo de cambio a 2,60 bolívares por dólar se aplicará para la importación de alimentos de primera necesidad o de consumo masivo, como: pollo, arroz, harina, pan, pastas, sal, azúcar y papelón, café, mortadela, atún, sardinas, leche en todas sus formas, mientras que a 4,30 bolívares, los productos como tocino, jamones, cangrejos, quesos fundidos, harina de maíz, entre otros.

De igual manera, para las maquinarias que se requieran para preparar alimentos -trituradoras, clasificadoras-, así como aparatos de salud para el uso de cirugía, odontología, tomografías, estimuladores cardiacas, entre otros.

Además, el ajuste cambiario de 4,30 bolívares por dólar corresponderá a bienes secundarios: bebidas fermentadas que contengan alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado a 80%, Whisky, Vodka, Anís, Ginebra. Dentro de este mismo rango también entra el tabaco y el cigarrillo.

De igual forma, los diferentes minerales y sus derivados, carbonos y aluminios. También algunos productos para la higiene personal como son los champúes, los detergentes para textiles industriales, látex de caucho natural, ciertos tipos de cuero, entre otros códigos.

Toda persona natural o jurídica que requiera autorización de adquisición de divisas para importar bienes de contenido de carácter secundario, es decir con el tipo de cambio oficial a 4,30 bolívares, deberá realizar la solicitud de Certificado de Insuficiencia y No Producción Nacional, por el ministerio competente, el cual se pronunciará sobre la misma, una vez que cumplido los procedimientos de evaluación.

Asimismo, la Resolución, en su artículo 5, refiere que las listas de los sectores prioritarios y no prioritarios serán revisadas y actualizadas periódicamente.

En tal sentido, los ministerios en sus respectivos ámbitos de competencia han evaluado las necesidades y requerimientos complementarios para la producción nacional de bienes y servicios, con miras a incentivar la producción nacional.

Por su parte, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Alí Rodríguez, en declaraciones emitida por VTV, señaló que el otorgamiento de divisas se incrementará con prioridad para los sectores manufacturero, salud y alimentación.

'El gobierno venezolano está ajustando la cantidad de divisas asignada para importar sólo lo necesario para el desarrollo de la nación', agregó.

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