Venezuela: Ley de Comunas: de la contraloría social al empoderamiento popular


Victor Álvarez R. / Mariátegui
09/08/10


En la Comuna el poder popular puede ser simultáneamente poder constituyente y poder constituido. La dinámica de la Comuna permite superar las reminiscencias de la democracia representativa en la que una vez electos los gobernantes y legisladores, estos se alejan y desvinculan de sus electores y solo reaparecen en la próxima campaña electoral, a pesar de haber incumplido las promesas y compromisos por los cuales fueron elegidos.

Como sabemos, esa manera de entender la democracia representativa terminó siendo una burla para las expectativas y esperanzas del pueblo. De allí la necesidad de avanzar hacia la construcción de una democracia participativa y protagónica que transfiriera poder a las comunidades.

Ahora bien, esto no significa que el nuevo sistema político que en Venezuela se construye se base única y exclusivamente en esquemas de democracia directa o asamblearia. De hecho, en las elecciones del próximo 26 de septiembre se elegirán los diputados a la Asamblea Nacional que representarán a los electores de sus circuitos.

La clave para una adecuada fórmula de democracia representativa y democracia participactiva está en saber distinguir los asuntos de cobertrura nacional de los problemas a nivel comunal. Cuando se trata de abordar problemas concretos cuya solución está al alcance de la propia comunidad, nada mejor que la amplia y creciente participación de la comunidad. Sobre esta base es que la gente se identifica y compromete con las decisiones que ella misma toma. Por supuesto, no hay que descartar que cuando se trate de un numero muy elevado de comunidades, cuya participación masiva dificulte las deliberaciones y toma de decisiones, las propias comunidades decidan elegir sus mejores representantes que, como ya sabemos, en la experiencia venezolana se han llamado voceros o voceras.

Hay que dejar claro que no se trata de eliminar todo el sistema de representatividad, sino de crear un sistema mucho más eficaz, basado en la participación directa, que impida que los elegidos se separen y olviden de sus electores. Sobre todo, teniendo en cuenta que el poder popular no se expresa sólo en los Consejos Comunales, sino también en los consejos de trabajadores, de estudiantes, de campesinos, etcétera. Así, los voceros en la comuna pueden ser también representantes de todas las expresiones del poder popular.

En este sentido, la Ley de las Comunas es un paso crucial para profundizar el desarrollo de nuevas formas de empoderamiento popular. A su vez, con este instrumento legal se amplía y fortalece la base legal para impulsar la construcción de un nuevo modelo productivo de amplia y creciente participación de los trabajadores directos y de la comunidad.

La Comuna es una expresión concreta del poder popular a través del autogobierno comunal, la administración y gestión de competencias y servicios y la organización económica-productiva. El autogobierno comunal es la democracia directa. A través de las asambleas de ciudadanos, las comunidades que lo integran ejercen el autogobierno y asumen la planificación, coordinación y ejecución del gobierno comunal. El poder de decisión, antes represado en el burocratismo de las gobernaciones y alcaldías, con esta Ley es transferido a la comunidad. Las direcciones y decisiones colectivas se convierten así en una verdadera descentralización del poder.

La comuna dispondrá de un Plan, con líneas estratégicas de desarrollo comunal, a la luz de: a) vocación económica y productiva que determine su dotación natural de recursos agrícolas, forestales, turísticos, mineros, etc; b) características de organización social y tradiciones de lucha; c) cultura, sistema de creencias y conocimiento ancestral; localización en el territorio; y, características generales de su población.

Asimismo, para avanzar en la construcción de un nuevo modelo productivo que libere a los asalariados de la explotación del capital y reconozca al ser humano como la razón de ser de la actividad económica y productiva, la Comuna podrá desarrollar su propio sistema micro-financiero con el fin de impulsar proyectos socio-productivos que aseguren la inversión social de los excedentes, en función de resolver problemas concretos de la comunidad.

Las iniciativas de organización socio-productiva de la Comuna serán la fuente más rica para crear nuevas formas de propiedad social que trasciendan la propiedad estatal, la cual tiende a ser secuestrada por el burocratismo y administrada como si de una propiedad privada se tratara. No se trata solo de una contraloría social o control obrero contemplativos y sin mayor posibilidad de decisión, sino de profundizar un verdadero empoderamiento popular. Sobre esta base, los trabajadores y la comunidad podrán asumir el control directo sobre los procesos productivos destinados a generar los bienes y servicios que se requieren para satisfacer las necesidades básicas y esenciales del pueblo trabajador, conviertiéndose así en auténticos propietarios sociales de las condiciones que aseguran su supervivencia, reproducción y desarrollo humano integral.


Victor Álvarez R. - Economista venezolano. Investigador del Centro Internacional Miranda (CIM).
http://victoralvarezrodriguez.blogspot.com

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