Perú: Modelo económico de Constitución de 1993 es propio de un esquema neoliberal

Con el golpe de estado de 1992 Fujimori impuso una Constitución a la medida del Consenso de Washington y del FMI

Mariátegui
03/08/11


El capítulo económico de la Constitución de 1993 es propio de un esquema neoliberal, porque limita el rol de Estado, y por ello la comisión de estudio de bases para la reforma constitucional de 2001 propuso su modificación, afirmó hoy el jurista Carlos Blancas.

Recordó que esa comisión, creada durante el gobierno transitorio de Valentín Paniagua y que integró junto a destacados juristas, concluyó que la polémica Carta Magna era muy rígida “en sus principios neoliberales” y limitaba la actuación del Estado para combatir la desigualdad social.

Consideró que Perú necesita un Estado promotor, que sí estaba contemplado en la Constitución de 1979, sin que ello signifique llegar al estatismo o al intervencionismo.

“El modelo económico que tiene la Constitución actual es muy rígido, que pretende congelar un esquema neoliberal, que no deja opción para otras cosas, y que ha limitado muchísimo la actividad del Estado en el tema social”, señaló.

En declaraciones a la Agencia Andina consideró que es necesario un Estado promotor, que esté a medio camino entre las dos tendencias, y además tenga un rol más activo en lo económico, para solucionar los problemas sociales.

Refirió que la Constitución de 1979 recoge mejor este precepto, y también se acerca más a la definición que las dos cartas hacen del Estado peruano como uno democrático, social, independiente y soberano.

“La propuesta del informe no era tampoco, por supuesto, un Estado intervencionista o empresario, pero sí de lo que se llama un Estado promotor, que tiene un rol más activo en la economía, (…) que sea orientador, programador, que resuelve los conflictos, que está un poco más en la idea de la Constitución de 1979, más abierto a una participación estatal”, comentó.

Blancas Bustamante recordó que la propuesta de la comisión era una reforma total de la Constitución , y no sólo del capítulo económico, pero una acción ante el Tribunal Constitucional (TC) detuvo el proceso.

Explicó que en 2003 el Colegio de Abogados de Cusco planteó que para la reforma total de la Constitución era necesario convocar a una asamblea constituyente, ya que el Congreso sólo puede hacer reformas parciales.

Si bien el recurso fue rechazado, el TC dispuso que no era necesaria una asamblea, y estableció que si el Congreso quería hacer una reforma total tendría que aprobar un proyecto de Constitución y someterlo a referéndum.

Todo esto, agregó, paralizó la reforma total y se optó por reformas parciales.

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