Venezuela: Julián Conrado: Cómo a Superman y al burgués de mi nación les molesta mi canción, me amenazan



Mariátegui
02/09/11


“Como a Superman le molesta mi canción, me amenazan… están elaborando su lista: ‘se busca por terrorista’ (...) ¿Qué tiene mi canto que le causa espanto a los opresores?" ¡ASILO para Julián Conrado!

Solidaridad Julián Conrado
02/09/11


“Cómo a Superman y al burgués de mi nación les molesta mi canción, me amenazan… están elaborando su lista: ‘se busca por terrorista’ ”

Por respeto por la Convención de Ginebra que Venezuela le otorgue asilo a Julián Conrado o lo remita a un 3er país neutral. Por respeto por la Convención Contra la Tortura no puede ser entregado a un estado torturador como lo es el régimen colombiano.

El cantor Julián Conrado, ya entrado en edad tras una vida de sacrificio, está enfermo, ha sobrevivido a varios bombardeos, a leishmaniasis, y está gravemente afectado de salud, por evidentes razones éticas y humanitarias corresponde el ASILO político o/y humanitario. Además el derecho internacional ampara este asilo: se espera que Venezuela respete el DIH y los mínimos éticos y humanitarios.

Canción de Julián Conrado: Mi Canto

En VIDEO al final del texto:

http://www.youtube.com/watch?v=jatm5C36vtw

Cómo a superman y al burgués de mi nación les molesta mi canción, me amenazan…

Me amenazan: que me castigarán con la extradición si me echa al agua un soplón,

y llegan a darme caza, y llegan a darme caza

Dicen que ya están elaborando la lista donde anunciaran “se busca por terrorista”

Que recompensarán a quién les de alguna pista,

y en ese afán están los bichos imperialistas

CORO:

¿Qué tiene, qué tiene, qué tiene mi canto que le causa espanto a los opresores?

¿Qué tiene, qué tiene, qué tiene mi canto que le causa espanto a los opresores?

Será porque dice la verdad y denuncia la injusticia, toda la inmundicia de esta sociedad capitalista, egoísta…

No resquebrajarán con terror mi convicción: la fe en la revolución más me crece, más me crece

¿Pero como conseguirán que se muera una canción que en el mismo corazón del pueblo es dónde florece?... del pueblo es dónde florece…

Que me encadenarán, me llevarán al banquillo y me exhibirán como un terrible bandido;

Y que me juzgarán, me juzgarán a su estilo: o sea que comprarán para hundirme mil“testigos”

CORO 2:

¿Qué tiene, qué tiene, qué tiene mi canto que le causa espanto a los opresores?

¿Qué tiene, qué tiene, qué tiene mi canto que le causa espanto a los opresores?

Será porque habla de la igualdad y pregona la justicia: todas las delicias de una sociedad socialista… ¡humanista!



INFORMACIÓN De CONTEXTO:

¡ASILO para Julián!

El cantor Julián Conrado lleva ya 95 días detenido en Venezuela, tras ser detenido en una operación combinada entre las fuerzas represivas de Colombia y policía venezolana. Lleva casi 3 meses detenido de manera arbitraria, pasó 66 días en una detención con total ilegalidad, 9 días vendado y atado de manos y pies. A día 95 de su detención, aún se espera que las autoridades venezolanas se inclinen por el respeto al DIH, y por el respeto a la ética del humanismo y la hermandad con los pueblos, que es lo contrario que la colaboración con un regimen represivo como el que sojuzga al pueblo colombiano. Por respeto por la Convención de Ginebra que Venezuela le otorgue asilo a Julián Conrado o lo remita a un 3er país neutral. Por respeto por la Convención Contra la Tortura no puede ser entregado a un estado torturador como lo es el régimen colombiano.

Se trata de Guillermo Enrique Torres, mejor conocido como Julián Conrado, compositor e intérprete de vallenato a quien también se le denomina “el Cantor de las FARC”, pero cuyas letras trascienden a esta organización y llevan contenidos bolivarianos y socialistas a los pueblos:

"Dicen que el capitalismo todo lo compra y lo vende, a mi el capital me ofende: jamás cantaría lo mismo si el manto del egoísmo a mis canciones envuelve (...)

Quien cobra por alegrar, alegra de embustería, quién paga por la alegría, alegría no va a encontrar...

le pueden aparentar o vender hipocresía...

(...) Cuando vayas a cantar, canta como un pajarito / Ese sí canta bonito, porque canta sin cobrar / Hermoso el mundo animal porque no hay pobre ni ricos / toditos son igualitos, ay, ¡si la gente fuera igual!”, dice Conrado en una de sus canciones.

3 puntos claves del Caso Conrado, en breve:

1. El DIH, el respeto por la Convención contra la Tortura, por la Convención de Ginebra, y la propia constitución venezolana impiden que sea entregado el cantor al régimen colombiano

La Convención Contra la Tortura que impide entregar a un perseguido a Colombia, un país en el que ya han fallecido 6 presos políticos en 2011 por tortura y denegación de asistencia médica. El 1 de septiembre 2011 fue empujado a la muerte por torturas, otro preso político en la cárcel de Valledupar. El estado colombiano es denunciado por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y por la Coalición Contra la Tortura (CCCT) como un estado torturador: el informe de agosto 2011 de la CCCT señala que el estado colombiano es responsable de 91% de las torturas que contiene el dramático informe.

Corresponde también que el gobierno venezolano respete la Convención de Ginebra que impide entregar a un combatiente, o perseguido político enfermo, y más cuando este ha solicitado asilo; corresponde que Venezuela le otorgue el asilo, y si no quiere hacerlo, que lo remita a un tercer país que sea efectivamente neutral.

Hay otras convenciones del DIH, y varios artículos de la propia constitución venezolana que impiden esta entrega, claramente si Julián Conrado es entregado, será otra ilegalidad más, aunque hayan tejido una apariencia de legalidad mediante los medios oficialistas, para cubrirse en este caso un poco más que lo que hicieron con el periodista Joaquín Pérez Becerra, que fue entregado en total ilegalidad. Que no sea entregado el cantor Julián Conrado a una tortura segura. Que no sea sepultado el cantor en Colombia, o hasta peor, en EEUU: EEUU ofrecen a los caza recompensas 2,5 millones de dólares para callar la voz de Conrado. Pedimos a todos los medios alternativos, a todo ser humano consciente, que ayuden a informar del tema.

2: un expediente totalmente amañado

El expediente judicial es impresionante de irregularidades e ilegalidades, y contradice en todo punto las mentiras mediáticas que aducen que existe un "trámite de extradición" (lo cual es absolutamente falso). Entre las ilegalidades e irregularidades del expediente encontramos:

· Un acta de detención fechada mágicamente a posteriori del anuncio de detención (las actas de detención aducen que Julián fue detenido el 5 y 6 de junio, el anuncio oficial de la detención fue emitido el 1 de junio, Julián Conrado fue detenido el 31 de mayo) ;

· NO hay ningún trámite de legal de extradición en curso, no hay requerimiento legal por parte de Colombia; sólo hay una solicitud de interpol por delitos menores y de opcional cumplimiento, y además para hechos que habría cometido Conrado cuando era imposible que los cometiera.

· Los únicos hechos que le son imputados a Conrado son un evidente “falso positivo” del estado colombiano: pues en las fechas de los aducidos hechos, Conrado estaba en el Caguán ante miles de cámaras y testigos nacionales e internacionales en el proceso de negociaciones con el presidente Pastrana, a más de 1000 kilómetros de distancia del sitio referido por las falsas acusaciones del gobierno colombiano (a menos que Conrado disponga de un aparato de teletransportación, es imposible).

· Por otro lado ya se ha pasado el plazo de 60 días para tramitar un pedido de extradición legalmente, y el gobierno colombiano ni lo ha tramitado legalmente, ni mucho menos presentado los debidos recaudos. Julián debería estar libre si se respetara la legalidad.

3. Dentro de las ilegalidades e irregularidades manifiestas del expediente AMAÑADO contra Julián: Las autoridades colombianas ni siquiera hicieron una solicitud en debida legalidad para su extradición: ¿Las autoridades colombianas están acaso intentando por lo ilegal lo que saben que sería desmontado en un proceso legal?

Se constata que NO hay pedido de extradición alguno, debidamente legalizado, por parte del gobierno de Colombia, que repose en el expediente.

¿Por qué las autoridades colombianas no hicieron el pedido de extradición de forma legal?

¿No les convenía acaso hacer el pedido de extradición con toda la legalidad?

Tan amañado es el caso que las autoridades colombianas ni siquiera se tomaron el trabajo de hacer una solicitud LEGAL... y la única respuesta a semejante omisión es que tal vez no lo hicieron legalmente por saber que ante un proceso LEGAL no tenían oportunidad de obtener al cantor.

Están con muy escuetos argumentos. No tienen nada de peso los argumentos del gobierno colombiano: una cosa son los delitos que le inventan a Julián por la prensa en un juicio mediático, y otra muy diferente las raquíticas y falseadas acusaciones que hay en el expediente.

La legalidad, el DIH, la Convención Contra la Tortura, la Convención de Ginebra, impiden que le sea entregado el cantor al régimen colombiano; la misma constitución venezolana también lo impide, entonces las autoridades colombianas lo intentaron por la vía ILEGAL; con la ayuda de ciertas autoridades venezolanas que se prestaron para la patraña. Ahora la siguiente pregunta es:

¿Seguirá Venezuela urdiendo ese montaje macabro junto con el gobierno colombiano, o por fin respetará la legalidad, el DIH y los derechos humanos del cantor?

La balanza debería inclinarse por el respeto al humanismo, a la legalidad, al DIH, eso se espera.

Esto es ilustrativo del grado AMAÑADO del expediente, lo escribe Arturo Ramos de la Coordinadora que No Calle el Cantor, cuyos abogados junto con los abogados de FUNDALATIN, asumen la defensa de Julián Conrado han conocido el expediente, revelando las aberraciones e inexactitudes más flagrantes, esta es una de ellas:

"¡Agárrense de la silla!: NO HAY NINGÚN TRÁMITE DE EXTRADICIÓN, como afirmó el Ministro Tarek Al Aissami, en tanto NO HAN PRESENTADO LAS AUTORIDADES DEL PAÍS VECINO NINGUNA SOLICITUD DIPLOMÁTICA A PROPÓSITO, como pauta la Ley Aprobatoria de 1998 del Tratado de Extradición de 1985 con Colombia, (...) cual Estado requirente y como exige el Artículo 4 de la misma Ley. Las circulares rojas de Interpol solo suponen una detención preventiva y, esto, solo en casos de que los países donde pudiera activarse, de manera soberana, le otorguen tal valor. Una circular roja de Interpol implica, repetimos, tan solo una detención preventiva y por un lapso taxativamente definido, en el cual el país requirente (supuestamente Colombia) debe presentar recaudos firmes para que el país requerido (supuestamente Venezuela) proceda en un máximo de 60 días (y no los días que lleva ya el detenido), en sus instancias jurisdiccionales y según las leyes y tratados internacionales propios(as) suscritos(as)"

Para ampliar información sobre el expediente amañado, sobre las demás ilegalidades del expediente, consultar estos textos en kaos:

http://www.kaosenlared.net/noticia/julian-conrado-expediente-amanado

http://www.kaosenlared.net/noticia/alerta-caso-julian-conrado-gigantesco-falso-positivo-expediente-asombr

VIDEOS:

Conozca al Cantor Julián Conrado, objeto de tan cruel persecución que incluye expedientes amañados y procederes sombríos:

en este Video habla y canta, cuenta la persecución política sufrida por la oposición en Colombia, la historia de su pueblo, la realidad que lo ha llevado al compromiso social:

http://www.dailymotion.com/video/xjfbwi_julian-conrado-habla-y-canta_news

Y VIDEO solidario:

Organizaciones sociales reivindican libertad y asilo político del cantautor Julián Conrado

http://www.albatv.org/Organizaciones-sociales.html

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