Perú: Ley de Trabajadores del CAS. No hay derogatoria sólo caramelos


Gustavo Pérez Hinojosa / Mariátegui
18/03/12


Traicionando y burlando sus promesas electorales y las justas esperanzas y expectativas de los miles de trabajadores CAS que apoyaron la Candidatura de Ollanta Humala, el oficialismo, con premura sorprendente y atropellando los procedimientos regulares legislativos, logró aprobar en el Pleno del Congreso la esencia de su Proyecto de Ley Nº 666/2011-PE, mal denominado de “otorgamiento de derechos laborales y eliminación del CAS”.

A dicho efecto, en una maniobra sin precedentes, el mismo día de ayer Gastañudi Ramírez y los hermanitos Apaza Condori, miembros de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y firmantes del Dictamen aprobado por unanimidad por esta Comisión, “retiraron sus firmas del Dictamen” y luego ingresaron un Dictamen Sustitutorio en Minoría, al cual se añadieron Galarreta V. Y Portugal C., cuyo contenido es el mismo del oficialismo, y luego “festinaron” un nuevo texto sustitutorio “presentado en Sala” que no hizo modificaciones sustanciales al original, el mismo que aprobó el Pleno del Congreso.

La norma aprobada por el Congreso, precisa que dicha “eliminación” del CAS, será “progresiva” o “gradual”, “a partir del año 2013” (es muy posible que luego lo aplacen hasta el final del mandato del actual Gobierno) y “con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil” (condicionando así la solución del problema específico urgente, al problema general mediato, como si la existencia del CAS no fuese un problema concreto de violación de los derechos constitucionales y derechos humanos de miles de trabajadores, que exige su eliminación inmediata y que no puede esperar la implementación de un nuevo régimen de servicio civil para todos los demás trabajadores del Estado), y al cual los trabajadores CAS accederían “a través de concurso público”, como si la idoneidad laboral de los CAS no hubiese sido acreditada a través de la prestación renovada de sus labores año tras año.

Como “caramelo” o “paliativo” de esta burla a miles de trabajadores, y para sorprender y confundir a los trabajadores, a los medios de comunicación y a la opinión pública, la norma aprobada, “incorpora” en el actual Decreto Legislativo Nº 1057, algunos derechos laborales como son el Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, las vacaciones remuneradas de 30 días, y una indemnización por despido injustificado de 3 remuneraciones mensuales como tope máximo. Decimos que se trata de “caramelo” porque no existiendo en la norma aprobada artículo que garantice la estabilidad laboral de los actuales trabajadores CAS hasta el 2013 o la prórroga de sus actuales contratos hasta dicha fecha, y teniendo estos Contratos vencimiento mensual, trimestral o semestral, nadie garantiza que siquiera gozarán de estos paliativos, que tienen como real objetivo “almibarar” a la opinión pública mientras continúan, y continuarán, despidiendo miles de trabajadores bajo el subterfugio “legal” del vencimiento de los Contratos CAS.

En resumidas cuentas SIN ESTABILIDAD LABORAL LAS DÁDIVIDAS LABORALES CONCEDIDAS NO SON NADA y ello nos exige movilizarnos masiva y nacionalmente para EXIGIR LA ESTABILIDAD LABORAL que es lo que esencialmente nos niegan el Decreto Legislativo 1057 y su Reglamento.

¡POR ESTABILIDAD LABORAL Y DIGNIDAD LABORAL!

¡DEROGATORIA INMEDIATA DEL CAS!

JUNTA DIRECTIVA SINDICAL

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