Perú: Promulgan norma que permite levantamiento de cadáveres sin acta de fiscal



Foto: Con esta disposición masacres como la de Bagua (2009) quedarían impunes inmediatamente después de ocurridas

Mariátegui
20/01/13

La Defensoría del Pueblo advirtió que la modificación del Código Procesal Penal que faculta al personal de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas para proceder al levantamiento de cadáveres, tanto de militares como civiles en zonas declaradas en emergencia, afectaría ciertos derechos fundamentales. 

Asimismo, apuntaron que la autógrafa aprobada tiene una redacción diferente al proyecto original, que disponía prescindir de la comunicación previa al fiscal "de manera excepcional" en cuanto los fallecidos sean miembros de dichas instituciones. Mientras que en el caso de civiles sí se requeriría  comunicación previa.

Según la norma publicada el viernes, los levantamientos de cadáveres podrán ser realizados sin la necesidad de personal del Ministerio Público "en casos excepcionales cuando las condiciones de la zona o el contexto del operativo imposibiliten la comunicación previa a la entidad".

En todos estos casos, se dejará constancia de dicha diligencia y se dará cuenta al representante del Ministerio Público dentro de las 24 horas producido el hecho. El Poder Ejecutivo tendrá 90 días para aprobar el reglamento respectivo, contados a partir de su entrada en vigencia. 

La Defensoría consideró que "la medida referida a transferir competencias propias y exclusivas del Ministerio Público al personal militar o policial resulta inconstitucional".

La entidad tutelar agregó que la existencia de un estado de emergencia no implica desconocer la Constitución, por eso advirtió que dar facultades para el levantamiento de cadáveres, sin presencia ni conocimiento previo del fiscal, podría afectar el derecho al debido proceso tanto para los familiares de civiles como de militares. Además, de este modo se podría propiciar una situación de impunidad.

* Con información de: larepublica.pe 

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