Perú. Cayó la acusación fiscal de los 17 procesados en caso Cerro Condorhuain


· Delito de secuestro fue excluido del proceso contra defensores del agua y de la vida

Mariátegui
27/09/13

La Corte Superior de Huaraz admitió hoy el Recurso de Excepción de Naturaleza presentado por la defensa de los 17 procesados del Caso Cerro Condorhuain, con lo cual el delito de secuestro, el más grave de la acusación fiscal, quedó excluido del proceso.

La audiencia realizada hoy fue la segunda, luego de que el 13 de septiembre fuera reabierto el caso, después de nueve quiebres de audiencias en el lapso de dos años. Los acusados están decididos a que el proceso continúe sin más quiebres. La próxima audiencia se realizará el 30 de septiembre.

Para los comuneros que acompañaron en una movilización a los procesados por defender el agua y la vida, la Resolución Judicial representa una victoria de la justicia y el derecho. Aunque la Fiscalía a cargo del caso ha apelado, ellos confían en que la Corte Suprema de Justicia les dará la razón y confirmará la Excepción de Naturaleza.

Los hechos se remontan al 11 de abril del 2007, cuando cientos de pobladores y comuneros usuarios de los ojos de agua del cerro Condorhuain se movilizaron hasta sus cumbres para protestar contra el peligro de contaminación que conlleva el proyecto minero de la empresa Barrick Misquichilca.

Allí se encontraron con un grupo de treinta personas que les lanzaron piedras. Entonces, en legítima defensa, los comuneros retuvieron a los agresores hasta la llegada de un Fiscal, a quien se los entregaron.

En consecuencia, 18 comuneros y autoridades, uno de ellos fallecido, fueron acusados de los delitos de lesiones, contra la libertad y secuestro. Por estos delitos, las penas llegan hasta los treinta años de cárcel. Con la Resolución emitida hoy, el delito de secuestro ha quedado excluido de la acusación fiscal por falta de pruebas.

Para las comunidades afectadas, el Condorhuain es un cerro sagrado, que además alberga 81 manantiales con licencias de usos de agua para consumo humano, agricultura y ganadería, otorgadas por la Dirección Regional Agraria Ancash del Ministerio de Agricultura. A ello se agrega la existencia de ocho sitios arqueológicos, comprobados en una inspección realizada el 14 de agosto del 2006 por arqueólogos del Instituto Nacional de Cultura de Ancash.

Sin embargo, para obtener la autorización para su proyecto aurífero, Barrick Misquichilca negó la presencia de fuentes de agua y de sitios arqueológicos. En consecuencia, la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió el 1 de octubre del 2009 declarar nulos los actos administrativos del Ministerio de Energía y Minas que pretendían dar luz verde a dicho proyecto.

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